Los congresistas del grupo parlamentario Peruanos por el Kambio, a iniciativa de la parlamentaria, Ana María Choquehuanca de Villanueva, y al amparo de lo previsto en el articulo 107º de la Constitución, han presentado ayer 12 de setiembre, el Proyecto de Ley 1872-2017-CR, a través del cual pretenden modificar el artículo 112 de la Ley 27337, Código de los Niños y Adolescentes.
Lea aquí jurisprudencia sobre el proceso de alimentos
La modificatoria busca que la madre obtenga automáticamente la autorización judicial para viajar fuera del país acompañada del niño y/o adolescente, cuando el padre del menor alimentista figure en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley 28970.
Lea también: Extinción de pensión alimenticia: ¿vía de acción?
En la exposición de motivos se indica que muchas veces el permiso de autorización de viaje al extranjero requerido por la madre del menor y/o adolescente se convierte en un mecanismo de «chantaje» y/o «venganza» por parte del deudor de alimentos, dilatando el trámite del viaje programado por la madre.
Lea también: El prorrateo de alimentos cuando el excónyuge mejora su situación económica
A continuación la fórmula legal de la iniciativa, sin perjuicio de adjuntar, al final del post, el link para que descarguen en PDF el documento completo.
Lea también: Vídeo PUCP: ¿Puedo ir preso si no pago pensión de alimentos?
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO N° 112° DE LA LEY N° 27337, CÓDIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES, REFERIDO A LAS AUTORIZACIONES DE VIAJE A NIVEL JUDICIAL
FÓRMULA LEGAL
Artículo 1.- Objeto
La presente norma tiene por objeto modificar el artículo N° 112° de la Ley Nº 27337 Código de los Niños y Adolescentes, referido a las autorizaciones de viaje que se tramitan a nivel jurisdiccional, quedando redactado dicho articulado de la siguiente manera:
(…)
Articulo 112.- Judicial
Es competencia del juez especializado autorizar el viaje de niños o adolescentes dentro del país cuando falten ambos padres, y fuera del país por ausencia o disentimiento de uno de ellos, para lo cual el responsable presentara los documentos justificatorios de la petición
En caso de disentimiento de uno de los padres o de existir oposición al viaje se abrirá el incidente a prueba y en el término de dos días resolverá el juez, prevea opinión fiscal. La oposición que formule alguno de los padres se inscribirá en el Libro de Oposición de Viaje de los Juzgados Especializados, el que caduca al año.
En caso el padre del menor alimentista figure en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 28970, la madre que requiera el permiso deberá acreditar ante el Juzgado correspondiente que éste se encuentra registrado en el REDAM a efectos de obtener automáticamente la automación judicial para viajar fuera del país acompañando al niño y/o adolescente.
Lea también: El proceso inmediato en el delito de omisión a la asistencia familiar
Artículo 2.- Reglamentación de la ley
En un plazo no mayor a sesenta (60) días, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprueba el reglamento de la presente ley.
Artículo 3.- Derogatoria
Deróguense las demás normas que se opongan a la presente ley.
Artículo 4.- Vigencia de la ley
La presente ley, entra en vigencia a partir del siguiente día de su publicación.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
![Constituye prueba nueva la sentencia consentida en la que se absuelve a un coprocesado, en tanto desaparece la agravante específica de pluralidad de agentes [Rev. Sent. NCPP124-2023, San Martin]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Violación sexual: Que la agraviada no presente en la actualidad afectación psicológica no significa que el evento traumático no sucedió, en tanto tal afectación puede disiparse con el transcurso del tiempo [RN 320-2025, Áncash, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-leon-leones-LPDerecho-218x150.jpg)


![Nuevas reglas para la inaplicación del precedente vinculante Huatuco Huatuco [Casación Laboral 11090-2023, La Libertad, f. j. 22]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-laboral_Nuevas-reglas-para-inaplicar-el-precedente-Huatuco-Huatuco_-codex-laboral_LP-218x150.jpg)
![La separación del niño de su núcleo familiar debe ser excepcional y temporal, por lo que el traslado de personas privadas de libertad a centros alejados de sus hijos exige evaluar el impacto de dicha medida en el desarrollo, vida privada y vínculos familiares del menor [López y otros vs. Argentina, f. j. 173]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![¿Qué es la prescripción adquisitiva de dominio? Bien explicado [ACTUALIZADO 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/08/prescripcion-adquisitiva-de-dominio-LPDerecho-218x150.png)

![[VIVO] Clase modelo sobre alcances generales de la JPRD. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-GRATUITA-PAOLA-NAVIA-MIRANDA-LPDERECHO1-218x150.jpg)

![Para el trabajador que no accedió por concurso la reposición es temporal hasta que postule a un concurso público para acceder a una plaza presupuestada y vacante, siempre que la pretensión de su demanda esté referida a la nulidad de despido prevista en el art. 29 del DS 003-97-TR [Casación 11090-2023, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/autoridad-ley-abogado-mazo-LPDerecho-218x150.jpg)
![Tres criterios sobre igualdad de trato remunerativo: i) solo serán discriminatorias las diferencias salariales basadas en criterios prohibidos; ii) no serán discriminatorias aquellas sustentadas en la necesidad de protección o asistencia especial; y iii) la homologación de remuneraciones deberá considerar criterios como la procedencia y antigüedad del homólogo propuesto, la capacitación para ocupar el cargo que desempeña el homólogo, el sometimiento a la evaluación solicitada por el empleador que acredite que merece el nivel remunerativo reclamado, y la diferenciación objetiva del pago de bonificaciones, asignaciones u otros conceptos [Casación 16507-2023, La Libertad , f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![La Primera Sala Constitucional de Lima ampara demanda de Fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el Estado de Cosas Inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Indecopi recuerda que el psicólogo escolar debe estar habilitado por el Colegio de Psicólogo para que sus informes tengan valor probatorio; no basta el título ni la colegiatura para ofrecer servicio idóneo [Res. Final 157-2026/Indecopi-JUN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-fachada-caso-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi sanciona a colegio que se negó a matricular a menor por mal comportamiento, situación no contemplada en su reglamento interno [Res. Final 157-2026/Indecopi-JUN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/nino-nina-escolar-discriminacion-rastas-cabello-largo-colegio-LPDerecho-218x150.png)
![Indecopi sanciona a Tiendas Mass por rechazar moneda de S/5 y no dar atención preferente a adulto mayor [Res. Final 1540-2026/CC2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/MASS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Reglamento de la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas [DS 009-2025-EF] (actualizado 2026)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/2025-LEY-32069-LIBRO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
















![Constituye prueba nueva la sentencia consentida en la que se absuelve a un coprocesado, en tanto desaparece la agravante específica de pluralidad de agentes [Rev. Sent. NCPP124-2023, San Martin]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Violación sexual: Que la agraviada no presente en la actualidad afectación psicológica no significa que el evento traumático no sucedió, en tanto tal afectación puede disiparse con el transcurso del tiempo [RN 320-2025, Áncash, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-leon-leones-LPDerecho-100x70.jpg)

![Indecopi recuerda que el psicólogo escolar debe estar habilitado por el Colegio de Psicólogo para que sus informes tengan valor probatorio; no basta el título ni la colegiatura para ofrecer servicio idóneo [Res. Final 157-2026/Indecopi-JUN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-fachada-caso-LPDerecho-100x70.jpg)

